DERECHO ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Derechos económicos
sociales y culturales
"Los derechos económicos, sociales y culturales (de siglas DESC) son los derechos humanos socioeconómicos, que se diferencian de los derechos civiles y políticos. Los Derechos económicos, sociales y culturales se incluyen en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (DUDH) y se desarrolla su protección en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de 1966. Ejemplos de estos derechos incluyen el derecho a la alimentación, el derecho a la vivienda, y el derecho a la salud."
Los derechos económicos, sociales y culturales son muy importantes ya que nos reconocen como ciudadano y miembro de una sociedad, que sirven para a desarrollar su vida de una forma adecuada y equitativa, es la manera como los ciudadanos acceden al trabajo, a los servicios públicos, a la salud, a la vivienda, es como se reconoce a una persona la ciudadania de un pais y como se le reconoce dicha identidad.
SENTENCIA T - 865 de 2009 M . P. Jorge Iván Palacio Palacio
(derecho fundamental al mínimo vital).
"La Sala Novena de
Revisión de la corte Constitucional, integrada por los magistrados Jorge Iván
Palacio Palacio, quien la preside, Juan Carlos Henao Pérez y María Victoria calle
Correa, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
especialmente de los artículos 86 y 241 numeral 9° de la Constitución Política,
33 y siguientes del Decreto 2591 de 1991"
¿Por qué son exigibles los
DERECHOS ECONÓMICOS SOCIALES Y CULTURALES;(DESC) como derechos
fundamentales?
Son exigibles porque sin ellos no seriamos reconocidos como Seres humanos, es la forma como nos desarrollamos a diario como vivimos es dia a dia, básicamente es como nos enfrentamos al mundo diario y existen una normatividad que nos garantiza que ser la existencia como ser humano sea digna.
¿Qué consecuencias, positivas y
negativas, podrían derivarse de dicha exigibilidad?
Positivas:El poder desarrollarse como ser humano y no solo ser reconocido como tal sino tener una vida digna y que se garantice un trabajo digno, la saludl, la vivienda aunque en la realidad es necesario utilizar muchas vias para que se garanticen dichos derechos.
Negativas: Desafortunadamente cuando a una sociedad se le ha dado tan poco y hay un cambio en ese sentido, el pueblo puede no interpretar bien ese derecho y tender al facilismo o al despilfarro.
SENTENCIA T - 760 de 2008 M . P. Manuel José
Cepeda Espinosa
(derechos sociales - derecho a la
salud).
1. ¿Por qué son exigibles los DERECHOS ECONÓMICOS SOCIALES Y
CULTURALES;(DESC) como derechos fundamentales?
La salud esta relacionada con la vida misma o la calidad de vida que tenga cada persona por lo tanto quien no quiere estar bien o vivir bien, con salud para poder valerse por si mismo, la salud es un derecho fundamental para la dignidad humana.
2.¿Qué consecuencias, positivas y negativas, pondrían
derivarse de dicha exigibilidad?
Positivas:El poder desarrollarse como ser humano y no solo ser reconocido como tal sino tener una vida digna y que se garantice un trabajo digno, la saludl, la vivienda aunque en la realidad es necesario utilizar muchas vias para que se garanticen dichos derechos.
Negativas: Desafortunadamente cuando a una sociedad se le ha dado tan poco y hay un cambio en ese sentido, el pueblo puede no interpretar bien ese derecho y tender al facilismo o al despilfarro.
"La
jurisprudencia constitucional ha reconocido desde un inicio, que el Estado, o
las personas, pueden violar el derecho a la salud, bien sea por una omisión, al
dejar de prestar un servicio de salud, o bien por una acción, cuando realizan
una conducta cuyo resultado es deteriorar la salud de una persona".
"El derecho a la salud es un derecho constitucional
fundamental. La Corte
lo ha protegido por tres vías".
- "ha sido estableciendo su relación de
conexidad con el derecho a la vida, el derecho a la integridad personal y
el derecho a la dignidad humana",
- "ha sido reconociendo su naturaleza
fundamental en contextos donde el tutelante es un sujeto de especial
protección",
- "Afirmando en general
la fundamentalidad del derecho a la salud en lo que respecta
a un ámbito básico, el cual coincide con los servicios contemplados
por la constitución.
SENTENCIA T - 616 de 2010
M . P. Luis Ernesto Vargas Silva
(derecho fundamental al agua).
El Pacto Internacional de Derecho Económicos Sociales y
Culturales fue suscrito por Colombia el 16 de Diciembre de 1966, aprobado
mediante ley 74 de 1968 y ratificado el 29 de Octubre de 1969; y al ser
Colombia Estado Parte de dicho pacto acoge como derechos fundamentales, los
Económicos Sociales y Culturales. En los artículos 11- 12 y 15 de dicho pacto
manifiestan que toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado para si
y su familia, y el derecho al disfrute del mas alto nivel posible de salud
física y mental. Y al versen afectados al derecho a la pensión, a la
salud y a la Educación
se le están vulnerando sus derechos fundamentales.
¿ Por qué son exigibles los
Derechos Económicos Sociales y Culturales como derechos
fundamentales?
El agua es la fuente de vida en todo sentido ya que nuestro cuerpo tiene 65% de agua por lo tanto es algo vital para la vida humana, el agua se ha convertido en un negocio de algunas empresas y se ha llegado al punto de olvidar al ser humano en su escencia, por lo tanto gracias a que existe la normatividad para exigir este derecho social que podemos exigirlo.
2.¿Qué consecuencias, positivas y negativas, pondrían derivarse de dicha exigibilidad?
Positivas:El poder desarrollarse como ser humano y no solo ser reconocido como tal sino tener una vida digna y que se garantice un trabajo digno, la saludl, la vivienda aunque en la realidad es necesario utilizar muchas vias para que se garanticen dichos derechos.
Negativas: Desafortunadamente cuando a una sociedad se le ha dado tan poco y hay un cambio en ese sentido, el pueblo puede no interpretar bien ese derecho y tender al facilismo o al despilfarro.
