sábado, 13 de abril de 2013



ANÁLISIS SENTENCIA T-135-10


En esta oportunidad quiero debatir un tema importante en las transformaciones constitucionales recientes en América Latina: Tendencias y desafíos: Tomando como referencia la Sentencia T-135-10 donde se analiza el caso de la señora Luz Marina Vargas Castillo quien presentó acción de tutela contra el Municipio de Ibagué, para que le fueran protegidos sus DERECHOS FUNDAMENTALES AL TRABAJO, AL MÍNIMO VITAL, AL DEBIDO PROCESO Y A LA CONFIANZA LEGÍTIMA, que, según afirma, han sido vulnerados por la entidad, al declararla como ocupante indebida del espacio público, y ordenar su desalojo de la caseta destinada para la venta de frutas y verduras ubicada en la carrera 4ª calle 20, plaza la 21, en la que desarrollaba una actividad comercial.
Notamos como a la accionante le son vulnerados su derecho al trabajo y al mínimo vital al ser desalojada del lugar que ella había adecuado para desarrollar su trabajo, obviamente la señora está infringiendo la ley al hacer uso indebido del espacio público, pero el municipio de Ibagué tenía que buscar un equilibrio para que el derecho al trabajo de la señora no se viera afectado al despojarla de su sitio de trabajo, simplemente sacándola de allí y no brindándole las garantías necesarias para que pudiera laborar dignamente, ya que según manifiesta la señora es una persona de 45 años, madre cabeza de familia, de la cual dependen sus dos hijas, y que de su trabajo, como vendedora de frutas y verduras, obtiene los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas y las de su familia, sin que por esto se viera afectada la ciudadanía, porque las nuevas políticas constitucionales pregonizan sobre un estado social de derecho, donde uno de sus pilares fundamentales es la prevalencia del interés general por el particular que es uno de los puntos principales de la sentencia, donde hay una invasión del espacio público por parte de la señora, en el cual pretende que su interés individual prevalezca sobre el interés de la ciudadanía a disfrutar de un espacio público libre para el desarrollo cotidiano de sus actividades, pero otro de los pilares fundamentales es la dignidad humana, de recibir un trato digno y vivir dignamente, principio que fue vulnerado por el municipio al pretender desalojar a la señora sin ser reubicada, afectándole sus derechos fundamentales directamente conectados con su forma de subsistencia porque ella económicamente dependía de ese trabajo y esta acción le afecta radicalmente su derecho al trabajo y al mínimo vital.

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